Nuevas directivas europeas en vigor a partir de abril 2016

 

Las Directivas europeas son de obligado cumplimiento en su ámbito de aplicación (aparatos, equipos, sistemas, instalaciones o máquinas). Por ello es importante conocer cómo afectan a nuestros productos y sus fechas de aplicación cuando cambian.

 

Conoce en este post qué cambios entran en vigor con las nuevas directivas en 2016.(Leer más)

 

 


En 2014, se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea ocho Directivas de Marcado CE  más la Directiva de equipos radioeléctricos. Se trata de refundiciones que permiten modificar aspectos, aclarar conceptos, unificar las Directivas y facilitar los procesos, simplificando y unificando anteriores modificaciones en un solo texto para mayor claridad, concretando cada una las obligaciones de los agentes implicados en el proceso de comercialización de los productos. En particular, detallan las obligaciones que deben cumplir: fabricantes, representantes autorizados, importadores y distribuidores. Estas nuevas Directivas europeas, importantes para los ingenieros de diseño de productos electrónicos, derogan sus Directivas predecesoras. Estas Directivas europeas están remodeladas alineadas al Nuevo Marco Legislativo (NML) publicado en 768/2008/CE.

 

En 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la nueva Directiva 2013 / 35 / UE (salud y seguridad relativa a la exposición de los trabajadores a los riesgos derivados de agentes físicos (campos electromagnéticos)) que se deroga la Directiva 2004/40/CE y entra en vigor el próximo 1 de julio de 2016. Las tablas 1 y 2 adjuntas resumen los detalles de las diez Directivas comentadas.


 

La Directiva 2006/95/CE de Baja Tensión (LVD) se convierte en la nueva Directiva 2014/35 / UE. El ámbito de aplicación ha cambiado e incluye ahora la salud y la propiedad. Temas como el medio ambiente y la ergonomía deben ser tenidos en cuenta. Esto estaba implícito en la Directiva 2006/95/CE, pero no se especificaba. Los principales elementos relacionados con la seguridad no han cambiado. Sin embargo, ahora la Directiva exige la realización de un Análisis de Riesgos como parte del expediente técnico. Esta Directiva LVD no prevé ningún procedimiento de evaluación de la conformidad que requiera la intervención de un Organismo Notificado. Los Organismos Notificados para la LVD dejarán de existir desde el 20 de abril de 2016.

 

Se puede encontrar más información en la guía azul.  La Directiva R&TTE 1999/5 /CE (Equipos radioeléctricos y equipos terminales de telecomunicación) se convierte en la Directiva RED 2014/53 / UE (Equipos radioeléctricos). Es necesario un preparar un Expediente Técnico. El Fabricante debe incluir las bandas de frecuencia en las que el equipo opera, y la potencia máxima de transmisión. Los equipos de telecomunicación por cable quedan cubiertos por las directivas CEM y LVD. Los equipos que operan por debajo de 9kHz quedarán incluidos en esta Directiva RED (anteriormente excluidos). Promueve el uso de cargadores universales, mencionando específicamente los teléfonos móviles.

 

La Directiva 2004/108/CE de compatibilidad electromagnética (CEM) queda sustituida por la Directiva 2014/30/UE. En concreto, a nivel técnico, esta nueva Directiva no cambia lo que dispone la anterior Directiva 2004/108/UE. No añade nuevos requerimientos técnicos para los fabricantes, pero si añade responsabilidades a los importadores en la UE, si el fabricante está fuera de la UE. Muchos importadores no son conscientes de sus responsabilidades ante la UE y pueden tener problemas con las autoridades. También amplía varios aspectos relacionados con la coordinación los organismos nacionales de acreditación, los organismos notificados y los organismos de evaluación de la conformidad y clarifica y refuerza que legalmente un laboratorio no puede actuar como consultor al mismo tiempo. Estas tres Directivas son las que más afectan a los productos electrónicos en general.

 

El proceso genérico que se necesita seguir para obtener la marca CE es el siguiente:

  1. Identificar la(s) Directiva(s) aplicable(s) al nuevo producto
  2. Identificar las normas armonizadas correspondientes
  3. Comprobar los requisitos específicos del producto
  4. Identificar si es necesaria la intervención de un organismo notificado independiente (no es siempre obligatorio). La alternativa es la auto-certificación
  5. Comprobar si el nuevo producto cumple con las normas armonizadas correspondientes
  6. Elaborar y mantener disponible la documentación técnica requerida por las Directivas
  7. Colocar el Marcado CE en el producto y elaborar la declaración de conformidad de la UE

 

Como guía general de otras Directivas vigentes posiblemente aplicables a equipos electrónicos se muestra la tabla 3. 

En cuanto a nuevas normas, se espera el lanzamiento de la norma CISPR 32, “Compatibilidad electromagnética de equipos multimedia. Requisitos de emisión”, en verano de 2016, en sustitución de las normas CISPR 13 (“Receptores de radiodifusión y de TV y equipos asociados. Características de las perturbaciones radioeléctricas. Límites y métodos de medida”) y CISPR 22 (“Equipos de tecnología de la información. Características de las perturbaciones radioeléctricas. Límites y métodos de medida”). La nueva norma CISPR 32 se necesita debido al importante desarrollo de los equipos electrónicos de consumo (domésticos) y los receptores de TV digital. Para obtener más información sobre la norma CISPR 32, visitar:  http://tinyurl.com/po68sew   y http://nubr.co/w0JzPt

 

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Comentarios: 3
  • #1

    Jose-Mª Giménez (martes, 12 abril 2016 10:50)

    Un excelente trabajo de recopilación y actualización de síntesis de las normas existentes y vigentes

  • #2

    Javier Trillo (jueves, 31 agosto 2017 12:49)

    Gracias por vuestra labor, muy útil y necesaria.

  • #3

    Cristian (martes, 07 enero 2020 19:23)

    Fantástico resumen y muy útil

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